Preguntas Frecuentes - ¿Puedo trabajar como Patrón Profesional?

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Capitán de Yate -> Patrón Profesional
 
Pero… yo he leído algo sobre los Patrones Profesionales de Embarcaciones de Recreo, los PPER, que son Capitanes de Yate,  ¿cómo es eso?
Mediante Real Decreto 973/2010 de Marina Mercante se reconoce una titulación que permite el ejercicio profesional a aquéllos Capitanes de Yate que cumplan una serie de requisitos. Se establece que hay que superar una prueba de conocimiento en Madrid (examen tipo test de 30 preguntas) y aportar los 4 certificados de especialidad que se requieren al personal de mando de una embarcación. Son: Formación Básica en Seguridad STCW; Buques de Pasaje; Operador Restringido del SMSSM y finalmente, Formación Sanitaria Específica Inicial. Para más información, clica en el menú lateral de esta página, sobre Patrón Profesional.
 
Soy Capitán de Yate, ¿puedo trabajar en barcos en la mar como Patrón Profesional?
 
Soy Capitán de Yate, ¿puedo trabajar en barcos en la mar como Patrón Profesional?
El título de Capitán de Yate es una titulación de recreo, para disfrute propio y/o con familiares o amigos pero no te habilita profesionalmente, al igual que no te habilita por sí solo el poseer un carnet de conducir tipo B1 para ejercer como taxista o transportista, figurando en nómina y percibir un sueldo por ello. Se han de reunir otros requisitos y obtener alguna cualificación específica.