Por lo que se refiere a las titulaciones náuticas, se modifica el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, ampliándose sus atribuciones profesionales, de forma que se extiende su capacitación a nuevos campos como el transporte de personas y suministros con destino a embarcaciones de recreo fondeadas en aguas interiores marítimas, o la realización de excursiones marítimas y pesca en las embarcaciones de recreo.
Por otra parte, se realizan modificaciones en las condiciones de obtención de estas titulaciones, poniendo el foco en la realización de cursos de especialización más acordes a la actividad que se realiza, y en la mejora de la calidad de la formación, incluyendo la necesidad de realizar prácticas reglamentarias de navegación y la obligatoriedad de los cursos de radiocomunicaciones.
Asimismo, se incorporan los últimos avances en la administración electrónica, potenciando la tramitación electrónica y la agilización de los trámites administrativos, un objetivo que el Ministerio de Fomento se ha marcado como prioritario para la modernización de los sectores bajo su competencia.
También, recoge modificaciones para las atribuciones del Partrón Profesional de Recreo (PPER), eliminando los certificados de especialidad de Avanzado Contraincendios y Buques de Pasaje para su expedición, sin perjuicio que estos certificados puedan ser exigidos según las características del barco (caso del Avanzado Contraincendios si la embarcación supera los 75 GT). Asimismo, amplía el número de gente a bordo, pasando de ser 12 máximo incluyendo la tripulación, a poder llevar 12 pasajeros (tripulación y patrón aparte).
Recuerda que para todo esto deberás esperar al 1 de julio (entrada en vigor).
ASPECTOS PRÁCTICOS:
¡Y ya puedes ir preparándote!! Con los cursos de Recreo en la Escuela del Mar, todas las titulaciones para el examen del 28-29 de junio (según título). Acierta con la Escuela del Mar, tenemos el máximo número de aprobados por convocatoria. Y si te faltal el Formación Básica en Seguridad, haz tus planes y resérvate ya una plaza en el curso que comienza el 20 de mayo. Y si eres alumno, tienes una promoción para agradecer tu confianza.
Aquí tienes un breve apunte de las atribuciones, con múltiples salidas para un mercado cercano a la costa y de servicios a bordo de embarcaciones y buques de recreo, en puertos deportivos, para el personal de empresas de venta y reparación de embarcaciones, salvamento acuático, ... en breve, a tu alcance.
Para PER, Patrón de Yate y Capitán, las siguientes atribuciones comunes para todos:
*Transporte suministros mediante embarcaciones de recreo y motos náuticas con destino a otras embarcaciones o buques de recreo.
*Actividades de atraque, fondeo, desplazamiento dentro de aguas de puertos, puertos deportivos o marinas.
*Pruebas de mar a bordo de embarcaciones de recreo y motos náuticas (mecánicos, electricistas, comerciales, etc.).
*Gobierno embarcaciones socorrismo en playas
*Servicio de tripulación (auxiliares, dinguis, …).
*Transporte mercancías a embarcaciones de recreo (hasta 50kg.)
*Traslado embarcaciones a otro puerto o lugar siempre que la navegación no supere cinco millas náuticas de la costa.
y además, atribuciones añadidas para los Patrones de Yate y Capitanes, que podrán llevar a bordo pasajeros, un máximo de 6, y realizar Excursiones y Pesca Deportiva.
Hay algunas consultas que tenemos pendientes con la Capitanía Marítima sobre trámites y algunas puntualizaciones sobre el texto del Real Decreto. Próximamente Carlos Petisco, el director de Escuela del Mar realizará una presentación en la cual podrás conocer el alcance de esta norma, aplicación, utilidades, consultar tus dudas o comentar casos concretos. Os mantendremos informados a través de este Blog pero si quieres, puedes añadirte a la lista de correo, escribiendo un comentario o solicitándolo via email; tus datos no aparecerán publicados y les daremos un uso adecuado conforme al RGPD. Recibirás sólo esta información que te interesa.
Descárgate aquí el Real Decreto y prepara tus dudas:
nuevo Real Decreto 238/2019, de 1 de mayo